Jueves, 28 Marzo 2024

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Congreso del Estado crea Ley para la Declaración Especial de Ausencia por Desaparición de Personas

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A fin de establecer competencias y coordinación entre el Estado y sus municipios, para buscar a las personas desaparecidas y esclarecer los hechos, el Pleno de la LXIII Legislatura del Congreso del Estado, creó la Ley para la Declaración Especial de Ausencia por Desaparición de Personas para el Estado de Tlaxcala.

Este nuevo ordenamiento integrado de 35 artículos, distribuidos en cuatro capítulos, de igual forma busca prevenir, investigar, sancionar y erradicar los delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares. 

La Declaración Especial de Ausencia por Desaparición de Personas, aplica para quienes cuyo paradero se desconoce y se presuma, por cualquier indicio, que su ausencia se relaciona con la comisión de un delito.

Con lo anterior, la nueva Ley contiene el procedimiento local para la emisión de la Declaración Especial de Ausencia, además se reconoce, protege y garantiza  la continuidad de la personalidad jurídica y los derechos de la persona desaparecida, y se otorga las medidas apropiadas para asegurar la protección más amplia a los familiares.

Esta ley otorga de manera particular a las personas desaparecidas, la protección de sus derechos laborales, la suspensión de sus obligaciones fiscales y mercantiles, conservación de la patria potestad, y protección a su patrimonio, entre otros.

Es preciso señalar que las acciones, medidas y procedimientos establecidos en la Ley se rigen por los principios de celeridad, enfoque diferencial y especializado; gratuidad, igualdad y no discriminación; inmediatez, interés superior de la niñez, máxima protección, perspectiva de género, y presunción de vida. 

En la nueva normatividad, se establecen particularidades cuando las personas desaparecidas pertenezcan a una comunidad o pueblo indígena así como a los extranjeros, con el pleno objetivo de salvaguardar sus derechos.

 

Con esta Ley que entrará en vigor 30 días posteriores a su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, Tlaxcala cumplirá con la armonización de la Ley Federal de Declaración Especial de Ausencia para Personas Desaparecidas.

 

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