Viernes, 29 Marzo 2024

C Congreso del Estado

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El documento leído estableces que la adecuación a este ordenamiento legal, tiene su sustento en el hecho de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, como medida precautoria para evitar la discriminación y la violación de los Derechos Humanos de algunos sectores de nuestra sociedad, resolvió que es injustificada que la unión matrimonial sea sólo heterosexual y que no se puede negar o restringir a nadie un derecho con base en su orientación sexual.

Añade que en virtud de la citada tesis Jurisprudencial, es obligación de todas las entidades del país, modificar sus leyes civiles en materia de matrimonio, cuando estas contravengan el mandato mencionado, para evitar incurrir en inconstitucionalidad y con ello ser sujetas de invocación del recurso de amparo y/o de acción de inconstitucionalidad en su contra por parte de quienes se sientan agraviados por el estado actual de la legislación civil en materia de matrimonio.

La propuesta destaca que el concubinato sea equiparable al matrimonio para establecer derechos de los concubinarios; se establecen impedimentos para celebrar matrimonio, que para contraer matrimonio sean mayores de 18 años; el derecho de dar y recibir alimentos, así como el derecho a heredar, entre otros.

En esta misma sesión, el Pleno Legislativo avaló el acuerdo formulado por las Comisiones Unidas de Equidad y Género y la de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos, por la que se informó a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal que esta Legislatura ha realizado las reformas necesarias a la normatividad local, en materia de interrupción legal del embarazo, y garantizar con ello los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres.

En este sentido, se informó que este Congreso ha adecuado diversos ordenamientos legales para evitar y erradicar la discriminación, entre los que están la Ley para Prevenir la Discriminación y emitir la Ley de Igualdad entre Hombres y Mujeres, entre otras.

 

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